Propuesta de acuerdo paritario que la comisión de Condiciones Laborales lleva a la
Comisión Negociadora Paritaria Docente con el aval de todos los miembros que
conforman la parte estatal de dicha comisión.
DEFINICION DE FUNCIONES DEL PRECEPTOR
1. MARCO POLÍTICO EDUCATIVO
El Estado Provincial entiende a la Educación como bien social prioritario y la
constituye en política de Estado asumiendo plenamente su obligación de garantizar
las posibilidades de acceso, distribución y circulación del conocimiento, la
producción y recreación de cultura, así como la formación integral de todos los
alumnos. Asimismo, la responsabilidad de planificar, organizar, supervisar y
financiar el sistema educativo, garantizando el ejercicio de los derechos de
aprender y de enseñar.
Entender a la educación como derecho social implica entramar un acuerdo
compartido entre quienes la desarrollan y quienes la requieren socialmente.
Desde esta concepción, resulta ineludible comenzar a redefinir normas que regulen
funciones y tareas de los puestos de trabajo del sistema educativo. Esta gestión
provincial entiende que las mismas deben surgir de la construcción compartida en
el ámbito de la paritaria, para que sean el resultado de un trabajo articulado y
consensuado entre el estado provincial y las organizaciones gremiales que
representan colectivamente a los trabajadores de la educación.
Esta tarea es fundamental si tenemos en cuenta que entre las normativas vigentes
se observan algunas cuya antigüedad y orientación no siempre responden a los
modos de organización escolar ni a los principios rectores de la actual política
educativa, que propicia una educación integral comprometida con los valores éticos
y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución de conflictos,
respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y
preservación del patrimonio natural y cultural.
En este sentido, hoy abordamos la revisión y la resignificación del trabajo del
preceptor quien desempeña una función pedagógica, acompañando y orientando en
la construcción de normas y proponiendo formas de resolución a los problemas
planteados, entre otras intervenciones.
Desburocratizar y reorientar la naturaleza de sus tareas, como así también analizar
críticamente sus rutinas permitirá redefinir la función del preceptor en la escuela.
Como integrante de la institución educativa, debe construir su autoridad a través
del ejercicio de la función, a partir del reconocimiento de los otros que le otorgan
legitimidad, con una participación activa y coherente que debe sustentarse en el
desempeño de su tarea otorgándole sentido a la misma y posibilitando construir el
rol pedagógico.
2. MARCO NORMATIVO GENERAL
El preceptor es miembro del equipo docente de la escuela y, por lo tanto, participa
en los procesos de construcción, implementación y evaluación de la propuesta
educativa de las instituciones según su nivel o modalidad.
Es un integrante activo que aporta una mirada y una intervención particular que,
desde su especificidad, favorece el proceso se enseñanza y de aprendizaje,
promoviendo y acompañando tanto a alumnos como a docentes en la propuesta
educativa de cada institución.
Por lo tanto, es parte constitutiva de su función la centralidad de la tarea
pedagógica y la administrativa que provenga de ella según el nivel o modalidad.
3. FUNCIONES GENERALES
a) Participar en todas las etapas de construcción de la propuesta educativa
institucional, desde la especificidad de su tarea, integrándola a la misma.
b) Intervenir activamente en la construcción colectiva de los acuerdos de
convivencia, como asimismo, con el equipo docente de la institución, en la
promoción del respeto por dichos acuerdos en los grupos a su cargo.
c) Participar en la elaboración y ejecución de los distintos proyectos
curriculares intra / inter institucionales.
d) Participar en las propuestas de formación y capacitación.
e) Participar –desde su función específica- en la tarea pedagógica que se
desarrolle en la institución escolar, en relación con los grupos de alumnos a
su cargo y a las familias de los mismos.
f) Aportar al desarrollo de sujetos participativos y comprometidos con la
construcción ciudadana, como articulador, transmisor y orientador en
relación con los alumnos y sus familias, con el objetivo institucional de
lograr mejores aprendizajes.
g) Acompañar a las/os alumnas/os, de acuerdo con el nivel y la modalidad en
que se desempeña, en el horario de ingreso, salida, recreos y traslados, sin
perjuicio de las responsabilidades que corresponden a otros miembros de la
institución.
h) Relevar y sistematizar las características del grupo a su cargo para lograr un
mayor conocimiento del mismo y aportar datos que favorezcan la inclusión,
permanencia y egreso de los alumnos.
i) Llevar los estados administrativos sistematizando, integrando y articulando
cuantitativa y cualitativamente la información referida a las/os alumnas/os a
su cargo, para que se transforme en un aporte significativo al proceso
educativo institucional.
j) Promover sobre la base se estrategias diseñadas en el marco de la
propuesta educativa institucional, el diálogo y la implementación de
actividades que tiendan a mejorar la integración del grupo y el
fortalecimiento de los vínculos entre los alumnos y de éstos con la
institución.
k) Promover acciones que favorezcan: formas de organización y participación
de los alumnos, el ejercicio de sus derechos, la reflexión, el análisis crítico
de los conflictos, la búsqueda colectiva y organizada de soluciones a los
mismos. Todas estas actividades, en su conjunto, tienden a encaminar a la
autodisciplina y al protagonismo social e institucional responsable y
comprometido.
l) Facilitar y aportar a la comunicación entre los diferentes grupos de la
institución escolar.
4. TAREAS
De cada una de las funciones enunciadas precedentemente en el marco normativo
general se desprenden tareas específicas que indudablemente, presentan algunas
variantes.
En este sentido, resultan pertinentes las especificaciones de cada nivel y modalidad
las que deberán necesariamente tener en cuenta las relaciones del preceptor con
alumnos y docentes en el trabajo cotidiano, los modos y formas de intervenir,
participar, coordinar, acompañar, relacionar y promover según el grupo etario que
involucran y sus necesidades.
A modo de conclusión, cabe destacar que la redefinición de las funciones y tareas
del preceptor le brindan las herramientas que le permiten resignificar su trabajo
como parte constitutiva del proceso educativo en cada institución escolar, que
impacte en un mejor aprendizaje y formación integral de los alumnos.
Comisión Negociadora Paritaria Docente con el aval de todos los miembros que
conforman la parte estatal de dicha comisión.
DEFINICION DE FUNCIONES DEL PRECEPTOR
1. MARCO POLÍTICO EDUCATIVO
El Estado Provincial entiende a la Educación como bien social prioritario y la
constituye en política de Estado asumiendo plenamente su obligación de garantizar
las posibilidades de acceso, distribución y circulación del conocimiento, la
producción y recreación de cultura, así como la formación integral de todos los
alumnos. Asimismo, la responsabilidad de planificar, organizar, supervisar y
financiar el sistema educativo, garantizando el ejercicio de los derechos de
aprender y de enseñar.
Entender a la educación como derecho social implica entramar un acuerdo
compartido entre quienes la desarrollan y quienes la requieren socialmente.
Desde esta concepción, resulta ineludible comenzar a redefinir normas que regulen
funciones y tareas de los puestos de trabajo del sistema educativo. Esta gestión
provincial entiende que las mismas deben surgir de la construcción compartida en
el ámbito de la paritaria, para que sean el resultado de un trabajo articulado y
consensuado entre el estado provincial y las organizaciones gremiales que
representan colectivamente a los trabajadores de la educación.
Esta tarea es fundamental si tenemos en cuenta que entre las normativas vigentes
se observan algunas cuya antigüedad y orientación no siempre responden a los
modos de organización escolar ni a los principios rectores de la actual política
educativa, que propicia una educación integral comprometida con los valores éticos
y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución de conflictos,
respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y
preservación del patrimonio natural y cultural.
En este sentido, hoy abordamos la revisión y la resignificación del trabajo del
preceptor quien desempeña una función pedagógica, acompañando y orientando en
la construcción de normas y proponiendo formas de resolución a los problemas
planteados, entre otras intervenciones.
Desburocratizar y reorientar la naturaleza de sus tareas, como así también analizar
críticamente sus rutinas permitirá redefinir la función del preceptor en la escuela.
Como integrante de la institución educativa, debe construir su autoridad a través
del ejercicio de la función, a partir del reconocimiento de los otros que le otorgan
legitimidad, con una participación activa y coherente que debe sustentarse en el
desempeño de su tarea otorgándole sentido a la misma y posibilitando construir el
rol pedagógico.
2. MARCO NORMATIVO GENERAL
El preceptor es miembro del equipo docente de la escuela y, por lo tanto, participa
en los procesos de construcción, implementación y evaluación de la propuesta
educativa de las instituciones según su nivel o modalidad.
Es un integrante activo que aporta una mirada y una intervención particular que,
desde su especificidad, favorece el proceso se enseñanza y de aprendizaje,
promoviendo y acompañando tanto a alumnos como a docentes en la propuesta
educativa de cada institución.
Por lo tanto, es parte constitutiva de su función la centralidad de la tarea
pedagógica y la administrativa que provenga de ella según el nivel o modalidad.
3. FUNCIONES GENERALES
a) Participar en todas las etapas de construcción de la propuesta educativa
institucional, desde la especificidad de su tarea, integrándola a la misma.
b) Intervenir activamente en la construcción colectiva de los acuerdos de
convivencia, como asimismo, con el equipo docente de la institución, en la
promoción del respeto por dichos acuerdos en los grupos a su cargo.
c) Participar en la elaboración y ejecución de los distintos proyectos
curriculares intra / inter institucionales.
d) Participar en las propuestas de formación y capacitación.
e) Participar –desde su función específica- en la tarea pedagógica que se
desarrolle en la institución escolar, en relación con los grupos de alumnos a
su cargo y a las familias de los mismos.
f) Aportar al desarrollo de sujetos participativos y comprometidos con la
construcción ciudadana, como articulador, transmisor y orientador en
relación con los alumnos y sus familias, con el objetivo institucional de
lograr mejores aprendizajes.
g) Acompañar a las/os alumnas/os, de acuerdo con el nivel y la modalidad en
que se desempeña, en el horario de ingreso, salida, recreos y traslados, sin
perjuicio de las responsabilidades que corresponden a otros miembros de la
institución.
h) Relevar y sistematizar las características del grupo a su cargo para lograr un
mayor conocimiento del mismo y aportar datos que favorezcan la inclusión,
permanencia y egreso de los alumnos.
i) Llevar los estados administrativos sistematizando, integrando y articulando
cuantitativa y cualitativamente la información referida a las/os alumnas/os a
su cargo, para que se transforme en un aporte significativo al proceso
educativo institucional.
j) Promover sobre la base se estrategias diseñadas en el marco de la
propuesta educativa institucional, el diálogo y la implementación de
actividades que tiendan a mejorar la integración del grupo y el
fortalecimiento de los vínculos entre los alumnos y de éstos con la
institución.
k) Promover acciones que favorezcan: formas de organización y participación
de los alumnos, el ejercicio de sus derechos, la reflexión, el análisis crítico
de los conflictos, la búsqueda colectiva y organizada de soluciones a los
mismos. Todas estas actividades, en su conjunto, tienden a encaminar a la
autodisciplina y al protagonismo social e institucional responsable y
comprometido.
l) Facilitar y aportar a la comunicación entre los diferentes grupos de la
institución escolar.
4. TAREAS
De cada una de las funciones enunciadas precedentemente en el marco normativo
general se desprenden tareas específicas que indudablemente, presentan algunas
variantes.
En este sentido, resultan pertinentes las especificaciones de cada nivel y modalidad
las que deberán necesariamente tener en cuenta las relaciones del preceptor con
alumnos y docentes en el trabajo cotidiano, los modos y formas de intervenir,
participar, coordinar, acompañar, relacionar y promover según el grupo etario que
involucran y sus necesidades.
A modo de conclusión, cabe destacar que la redefinición de las funciones y tareas
del preceptor le brindan las herramientas que le permiten resignificar su trabajo
como parte constitutiva del proceso educativo en cada institución escolar, que
impacte en un mejor aprendizaje y formación integral de los alumnos.
1 comentario:
Buenas tardes : soy preceptora de 1o año de e.s.b. y mi directivo dice que una de las funciones del preceptor es dar de baja alumnos del registro de asistencia . Tengo entendido que tanto ingresar como dar de baja alumnos es función del secretario con los datos que yo aporte (actas con padres , seguimiento de alumnos ,etc.).Podrían asesorarme ?
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